Promoción denominada Este Verano, ¡vos ponés la casa!
Bases y Condiciones
1- La Promoción denominada Este Verano ¡vos ponés la casa!, es Organizado por COMERCIAL SAN CAYETANO S.R.L. (en adelante el “Organizador”) con domicilio en Avda. Humaitá 168 c/
Capitán Bado de la ciudad de Luque (en adelante domicilio del local comercial). -
2- Vigencia: La promoción tendrá vigencia y validez desde el 6 de diciembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025. Durante la promoción serán sorteados y adjudicados los siguientes premios: Una casa de verano a estrenar con terreno incluido, construido en la ciudad de Luque; dos megaparque acuático: dos monopatines eléctricos; dos aires acondicionados portátil; dos máquinas choperas; dos conservadoras parlantes de 13 litros; dos premios en efectivo de Gs. 5.000.000 c/u.; cuatro premios en efectivo de Gs. 2.700.000 c/u; seis órdenes de compra por valor de Gs. 500.000 c/u, a ser sorteados a la culminación de la promoción conforme a lo dispuesto en el numeral 6 de la presente bases y condiciones. -
3- Participantes: Podrán participar de la promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años y jurídicas domiciliadas en el país y que cumplan con todos los recaudos establecidos en la mecánica de participación que se describe en el siguiente numeral y demás condiciones establecidas en estas Bases. No podrán participar de la promoción trabajadores del “Organizador” ni su cónyuge, ni familiares del trabajador hasta el primer grado de consanguinidad. -
4- Mecánica de Participación:
a) Todas las personas que concurran al local comercial del “Organizador” en su calidad de Clientes Minoristas o Mayoristas, y realicen compras de los productos ofrecidos por la misma, podrán participar de esta promoción a partir de una compra mínima de 30.000 Gs.
b) Por cada compra de Gs. 30.000 accede a un cupón electrónico y comprando productos de las marcas adheridas a la promoción generan 1, 2, 3 o 4 cupones adicionales para participar del sorteo el día 28 de febrero de 2025.
c) El cliente deberá facilitar toda la información requerida para completar la base de datos que será cargado por el Organizador en un sistema informático, permitiendo generar y asignar cupones electrónicos por cada 30.000 Gs. de compra.
d) El participante es responsable de que los datos facilitados sean correctos, para lo cual deberán corroborarlos al momento de proveerlos, no pudiendo posteriormente alegar sobre los datos consignados un error atribuible al “Organizador”.
e) Una misma persona podrá participar tantas veces como cupones haya recibido por las compras realizadas.
5- Premios: Los premios a ser sorteados y adjudicados por el “Organizador” son los siguientes:
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- 1er Premio: Una casa con pileta, a estrenar, con terreno incluido, construido en el Barrio Yukyry de la ciudad de Luque.
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- 2do Premio: Un megaparque acuático.
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- 3er Premio: Un megaparque acuático.
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- 4to Premio: Un monopatín eléctrico.
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- 5to Premio: Un monopatín eléctrico.
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- 6to Premio: Un aire acondicionado portátil.
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- 7mo Premio Un aire acondicionado portátil.
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- 8vo Premio: Una maquina Chooppera.
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- 9no Premio: Una maquina Choppera.
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- 10mo Premio: Una conservadora parlante de 13 Lts.
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- 11mo Premio: Una conservadora parlante de 13 Lts.
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- 12mo Premio: Gs. 5.000.000 en efectivo.
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- 13er Premio: Gs. 5.000.000 en efectivo.
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- 14to Premio: Gs. 2700.000 en efectivo como un sueldo extra.
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- 15to Premio: Gs. 2700.000 en efectivo como un sueldo extra.
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- 16to Premio: Gs. 2700.000 en efectivo como un sueldo extra.
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- 17mo. Premio: Gs. 2700.000 en efectivo como un sueldo extra.
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- 18vo. Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de
Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 19no Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de
Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 20mo Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de
Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 21er Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de
Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 22do Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 23er Premio: Una orden de compra por el valor de Gs. 500.000 a ser utilizado en el local de Comercial San Cayetano S.R.L.
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- 6- Fecha del Sorteo: El SORTEO se realizará el 28 de febrero de 2025 a las 16:00 hs. en el local del Organizador situado en Humaita 168 casi Capitán Bado de la ciudad de Luque. De entre todos los cupones electrónicos generados durante la promoción serán seleccionados veintitres cupones electrónicos, a todos los cuales serán asignados los premios correspondientes conforme al número y orden favorecido para cada sorteo previsto en el numeral 5 de las bases y condiciones. -
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- El sorteo se realizará observándose el siguiente sistema: Mediante un programa informático se realizará la selección de los cupones electrónicos favorecidos para cada premio por el que se determinará el participante Ganador. En caso de que el seleccionado Ganador/a no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases o si el mismo se haya comprendido en lo previsto en los numerales tres y once segundo párrafo de la misma, el premio quedara vacante para Volver a ser sorteado por el Organizador. -
7- En caso de que el seleccionado Ganador/a no cumpla con los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones, o si el mismo se haya comprendido en lo previsto en los numerales tres y once, el premio quedara vacante y a disposición del organizador para volver a ser adjudicado.
8- Notificación a los ganadores: Los ganadores serán notificados dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al acto del sorteo, vía telefónica al número indicado por el participante en los datos proveídos para la base de datos del cupón electrónico. -
9- Entrega de premios adjudicados: Los premios sorteados, serán entregados en el local comercial del “Organizador”, el 7 de marzo de 2025 a las 10:00 hs., occasion en que los ganadores deberán presentarse con su cedula de identidad.
En caso de que los premios adjudicados no sean reclamados dentro de los 60 días posteriores al sorteo, el 100 % del valor de dichos premios será destinado al financiamiento del FONARES conforme lo dispone la ley 6703/2020.-
10- Uso de los premios adjudicados: Los vales de compras adjudicados podrán ser utilizados por la persona ganadora titular cuyos datos figuren en el vale de compra, presentando su cédula de identidad, hasta el 31 de mayo de 2025 en el local de COMERCIAL SAN CAYETANO S.R.L. En caso
de que prefieran hacerlo mediante representantes, estos deberán concurrir con autorización especial que acredite dicha representación.
11- Si resultaré ganador de cualquiera de los vales de compra para esta promoción, una persona prófuga de la justicia o que se halle condenada a pena privativa de libertad por sentencia judicial firme, o menor de edad, la adjudicación de ese premio será anulado, quedando a disposición del organizador para un nuevo sorteo. –
12- Garantía y responsabilidad respecto al uso de los premios adjudicados: Cualquier eventual reclamo al respecto de los premios adjudicados, el Organizador no se hará responsable por el uso o daños que pueda sufrir el Ganador y/o terceros en su persona y/o en sus bienes, en ocasión del uso y goce de los premios ofrecidos a través de la presente promoción. -
13- Aceptación y autorización: Por su sola participación, el Ganador autoriza al “Organizador” a difundir los datos, de conformidad con lo establecido por las normas aplicables en materia de datos personales, su imagen y/o voz, con fines publicitarios en los medios y las formas que el “Organizador” considere pertinentes, sin que esto implique algún derecho de compensación económica para el ganador. El incumplimiento de esta cláusula podrá acarrear la pérdida del premio obtenido. -
14- Cualquier situación no prevista en estas Bases y Condiciones o divergencias que pudieran derivar en un conflicto entre el “Organizador” y los participantes, podrán ser resueltas a pedido de las partes por la “Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR) o quedará expedita la vía jurisdiccional en cuyo caso y a todos los efectos de la misma, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Luque – Paraguay con competencia en la materia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que les pudiera corresponder. -
15- La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de estas Bases y Condiciones no importará la nulidad de las restantes cláusulas. -
16- La sola participación en la promoción implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones. -
17- La promoción y cualquier decisión tomada por el “Organizador” respecto a la misma, será comunicada a través de medios masivos de comunicación radial, redes sociales, electrónica y/o a través de material de comunicación visual que el “Organizador” dispondrá en su local comercial. -