Promoción denominada Millonarios de amor ¡con Mamá y Papá!
Bases y Condiciones
1- La Promoción denominada Millonarios de amor ¡con Mamá y Papá!, es Organizado por COMERCIAL SAN CAYETANO S.R.L. (en adelante el “Organizador”) con domicilio en Avda. Humaitá 168 c/ Capitán Bado de la ciudad de Luque (en adelante domicilio del local comercial). -
2- Vigencia: La promoción tendrá vigencia y validez desde el día 11 de Abril de 2025 hasta el 16 de Junio de 2025. Durante la promoción se realizarán dos sorteos a efectuarse en el local del “Organizador”, el primer sorteo en fecha 16 de Mayo de 2025 a las 16:00 hs., y el Segundo sorteo en fecha 16 de Junio de 2025 a las 16:00 hs., culminando con este último sorteo la mencionada promoción.-
3- Participantes: Podrán participar de la promoción todas aquellas personas físicas mayores de 18 años y jurídicas domiciliadas en el país y que cumplan con todos los recaudos establecidos en la mecánica de participación que se describe en el siguiente numeral y demás condiciones establecidas en estas Bases. No podrán participar de la promoción trabajadores del “Organizador” ni su cónyuge, ni familiares del trabajador hasta el primer grado de consanguinidad. -
4- Mecánica de Participación: a) Todas las personas que concurran al local comercial del “Organizador” en su calidad de Clientes Minoristas o Mayoristas, y realicen compras de los productos ofrecidos por la misma, recibirán por cada 30.000 Gs. de compra un cupón electrónico para participar de la promoción. b) Por la compra de productos adheridas a la promoción, las cuales estarán individualizados en las góndolas y de conformidad a la condición promocional del producto recibirán, uno, dos, tres y hasta cuatro cupones electrónicos adicionales. c) El cliente deberá facilitar toda la información requerida para completar la base de datos que será cargado por el Organizador en un sistema informático, permitiendo generar cupones electrónicos cuya cantidad serán consignados en la factura o Ticket de compras, debiendo ser validado en la mesa cuponera que estará ubicada en el local del Organizador, momento desde el cual automáticamente serán cargados en el buzón electrónico de la base de datos del sistema. d) El participante es responsable de que los datos facilitados sean correctos, para lo cual deberán corroborarlos al momento de proveerlos, no pudiendo posteriormente alegar error atribuible al “Organizador” sobre los datos consignados. e) Una misma persona podrá participar tantas veces quiera como cupones electrónicos haya recibido por las compras efectuadas, pero solo podrá hacerse acreedor de uno de los premios de la promoción en cada sorteo, con el que primero haya sido favorecido.-
5- Premios: Los premios a ser adjudicados por el “Organizador” son los siguientes:
PRIMER SORTEO: Viernes 16/05/2025
- Un premio en efectivo de Gs. 20.000.000.-
- Un premio en efectivo de Gs. 10.000.000.-
- Dos premios en efectivo de Gs. 5.000.000 cada uno.-
- Cinco órdenes de compras de Guaraníes Quinientos mil (Gs. 500.000) cada uno a ser utilizado en el local de COMERCIAL SAN CAYETANO S.R.L.
SEGUNDO SORTEO: Lunes 16/06/2025.
- Un premio en efectivo de Gs. 20.000.000.-
- Un premio en efectivo de Gs. 10.000.000.-
- Dos premios en efectivo de Gs. 5.000.000 cada uno.-
- Cinco órdenes de compras de Guaraníes Quinientos mil (Gs. 500.000) cada uno a ser utilizado en el local de COMERCIAL SAN CAYETANO S.R.L.
6- Sorteos: En el PRIMER SORTEO a realizarse el 16 de mayo de 2025 a las 16:00 hs. serán seleccionados nueve cupones electronicos y en el SEGUNDO SORTEO a realizarse el 16 de Junio de 2025 a las 16:00 hs. seran seleccionados nueve cupones electrónicos, a todos los cuales serán asignados los premios correspondientes conforme al orden favorecido para cada sorteo. Todos los sorteos se realizarán en el local del Organizador situado en Humaita 168 casi Capitán Bado de la ciudad de Luque, entre todos los cupones depositados electrónicamente.-
Los sorteos se realizarán en presencia de un Escribano Público designado por el “Organizador” y/o el Inspector designado por la Municipalidad de Luque, y se observará el siguiente sistema: Mediante un programa informático se realizara la selección de los cupones electrónicos favorecidos para cada premio por el que se determinará el participante Ganador. En caso de que el seleccionado Ganador/a no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases o si el mismo se haya comprendido en lo previsto en los numerales tres y ocho segundo párrafo de la misma, el premio quedara vacante, y será donado a la entidad de beneficencia designada por CONAJZAR.-
7- Los ganadores de premios sorteados serán notificados dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al acto del sorteo, vía telefónica al número indicado por el participante en los datos proveídos para la base de datos del cupón electrónico.-
8- Si una misma persona resultare Ganador de más de un premio en el mismo sorteo, solo le corresponderá el premio con el que primero haya sido favorecido, en cuyo caso deberá seleccionarse un nuevo cupón electrónico a fin de depterminar a otro ganador.
Si resultaré ganador de uno de cualquiera de los premios previstos para esta promoción, una persona prófuga de la justicia o que se halle condenada a pena privativa de libertad por sentencia judicial firme, o menor de edad, el sorteo de este premio será anulado y se procederá con el mecanismo previsto en el numeral 3) aplicando lo previsto al premio vacante y su correspondiente donación.-
9- Tributos y Gastos: El impuesto que debe tributar cada persona adjudicada en relación al premio en efectivo es el I.R.P. del 8% del valor del premio, monto que será retenido por el organizador en su caracter de agente de retencion designado por la DNIT.
10- Entrega de premios: Los premios adjudicados serán entregados en el local comercial del “Organizador”, los del PRIMER SORTEO el día Viernes 23 de Mayo de 2025 a las 10:00 hs., y los adjudicados en el SEGUNDO SORTEO el día Viernes 20 de Junio de 2025 a las 10:00 hs., para lo cual los ganadores deberán presentarse con su cedula de identidad. En caso de que prefieran hacerlo mediante representantes, estos deberán concurrir con poder notarial que acredite dicha representación. Igualmente los Ganadores que no puedan concurrir ese día podrán retirar sus premios hasta 60 días continuos, contados desde el día del sorteo. En caso de que los premios no sean reclamados y retirados en este lapso de tiempo, quedaran a disposición de Comercial San Cayetano SRL para su donación a la entidad designada por la CONAJZAR, conforme a lo previsto en el Art. 19 de la Ley 1016/97 y la Resolución CONAJZAR Nº 24/2016.-
11- Garantía y responsabilidad: Cualquier eventual reclamo al respecto de los premios, el Organizador no se hará responsable por el uso o daños que pueda sufrir el Ganador y/o terceros en sus personas y/o en sus bienes, en ocasión del uso y goce de los premios ofrecidos a través de la presente promoción.-
12- Aceptación y autorización: Por su sola participación, el Ganador autoriza al “Organizador” y/o a su agencia de publicidad a difundir los datos, de conformidad con lo establecido por las normas aplicables en materia de datos personales, su imagen y/o voz, con fines publicitarios en los medios y las formas que el “Organizador” y/o su agencia de publicidad consideren pertinentes, sin que esto implique algún derecho de compensación económica para el ganador. El incumplimiento de esta cláusula podrá acarrear la pérdida del premio obtenido.-
13- Cualquier situación no prevista en estas Bases y Condiciones o divergencias que pudieran derivar en un conflicto entre el “Organizador” y los participantes, podrán ser resueltas a pedido de las partes por la “Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR) o quedará expedita la vía jurisdiccional en cuyo caso y a todos los efectos de la misma, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Luque – Paraguay con competencia en la materia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que les pudiera corresponder.-
14- La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de estas Bases y Condiciones no importará la nulidad de las restantes cláusulas. -
15- La sola participación en la promoción implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones.-
16- La promoción y cualquier decisión tomada por el “Organizador” respecto a la misma, será comunicada a través de medios masivos de comunicación radial, redes sociales, electrónica y/o a través de material de comunicación visual que el “Organizador” dispondrá en su local comercial.-